TIPOS DE CEDULAS DE HABITABILIDAD
Primera ocupación: Para las viviendas de nueva planta, o cuando se haga una ampliación, cambio de uso o se hagan obras que afecten a la superficie útil en más de un 60 % en una vivienda antigua.
Renovación: Cuando la cédula ha caducado y no se da ninguna de las circunstancias para pedir una de primera ocupación.
Carencia: Para los edificios finalizados antes del 1 de marzo de 1987, y que no dispongan de ninguna de las cédulas anteriores.
CADUCIDAD DE LAS CEDULAS
Las cédulas de habitabilidad caducan a los 10 años.
PLAZO PARA EXPEDIR LAS CEDULAS
Dos meses, contadores desde la solicitud.
¿QUIEN LA HA DE PEDIR?
Todos los titulares de inmuebles destinados a vivienda.
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