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TIPOS DE CEDULAS DE HABITABILIDAD

Primera ocupación: Para las viviendas de nueva planta, o cuando se haga una ampliación, cambio de uso o se hagan obras que afecten a la superficie útil en más de un 60 % en una vivienda antigua.

Renovación: Cuando la cédula ha caducado y no se da ninguna de las circunstancias para pedir una de primera ocupación.

Carencia: Para los edificios finalizados antes del 1 de marzo de 1987, y que no dispongan de ninguna de las cédulas anteriores.


CADUCIDAD DE LAS CEDULAS

Las cédulas de habitabilidad caducan a los 10 años.


PLAZO PARA EXPEDIR LAS CEDULAS

Dos meses, contadores desde la solicitud.


¿QUIEN LA HA DE PEDIR?

Todos los titulares de inmuebles destinados a vivienda.


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